ÓRGANOS DE GOBIERNO
La organización del Consorcio de Tributos, definida en el artículo 5 de los (
)Estatutos, se articula en los siguientes órganos de gobierno, cada uno con atribuciones propias:
- Pleno.
- Comité Ejecutivo.
- Presidencia.
Todas las funciones están recogidas en el artículos 20, 21 y 22 de los ()Estatutos del Organismo.
EL PLENO
Las atribuciones, funciones y composición que corresponden al Pleno se encuentran definidas en los ()Estatutos del Organismo.
Composición:
- Presidencia: el/la presidente/a del Cabildo Insular de Tenerife o consejero/a representante en quien delegue.
- Representación del Cabildo I. Tenerife: Cinco representantes del Cabildo Insular de Tenerife nombrados entre sus consejeros/as.
- Representación municipal: un/una representante por cada uno de los (
)municipios consorciados.
- Sede y ubicación: (
)Oficina Central del Consorcio de Tributos.
Relación de los miembros que componen el Pleno en la legislatura actual:
- La relación de los miembros que componen el PLENO se encuentra en la sección de (
)Miembros Electos de la Entidad" de este portal.
Relación de los miembros de Legislaturas anteriores:
- Información histórica disponible en la sección de (
)Miembros Electos de la Entidad" de este portal.
Funciones:
Las funciones del Pleno se encuentran definidas en el Artículo 20 de los ()Estatutos del Organismo.:
- Aprobar con sujeción a los Estatutos, la estructura orgánica y funcional del Consorcio y los Reglamentos, Ordenanzas y normas generales de desarrollo de la Organización y funcionamiento del mismo.
- Aprobar los planes y programas de actuación en la esfera de su competencia.
- La constitución y renovación del Comité Ejecutivo.
- La elección del Vicepresidente.
- La modificación de los Estatutos, por acuerdo favorable las dos terceras partes del número de hecho y, en todo caso, de la mayoría absoluta del número de sus miembros.
- El ejercicio de toda clase de acciones judiciales y administrativas con arreglo a las leyes y a lo dispuesto en los presentes Estatutos y Reglamentos que lo desarrollen.
- Proponer al órgano competente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife la aprobación de la enajenación y gravamen de toda clase de bienes y derechos propios del Consorcio y concertación de Operaciones de Crédito.
- Aceptar donaciones, cesiones de todas clases, así como herencias y legados, destinando sus productos a los fines que tiene encomendados el Consorcio.
- Proponer al órgano competente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife la aprobación de los Presupuestos y las modificaciones presupuestarias que, según las Bases de Ejecución, no correspondan al Presidente.
- El reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que se trate de obligaciones procedentes de ejercicios anteriores.
- La aprobación inicial de las Cuentas Anuales del Consorcio rendidas por el Presidente para su incorporación a la Cuenta General de Cabildo Insular de Tenerife.
- El establecimiento o modificación de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades administrativas a cargo del Consorcio
- La autorización, disposición de gastos y la contratación de obras, servicios, suministros y otros de carácter administrativo, en los términos que se fijen en las Bases de Ejecución de los Presupuestos anuales.
- Aprobar el Inventario de Bienes y sus rectificaciones.
- Proponer la plantilla y las Bases de selección para su aprobación por el órgano competente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife y aprobar la Relación de Puestos de Trabajo.
- Aprobar la Memoria de gestión anual.
- Las demás que, no estando expresamente atribuidas en estos Estatutos a alguno de los Órganos de Gobierno, correspondan por disposición legal al Pleno de los Ayuntamientos o Cabildos Insulares y no corresponda al órgano competente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife.
EL COMITÉ EJECUTIVO
Las atribuciones, funciones y composición que corresponden al Comité Ejecutivo se encuentran definidas en los ()Estatutos del Organismo.
Composición:
- Presidencia: el/la presidente/a del Cabildo Insular de Tenerife o consejero/a representante en quien delegue.
- Representación del Cabildo I. Tenerife: Un representante del Cabildo Insular de Tenerife, nombrado entre sus consejeros/as.
- Representación municipal: Un representante de cada una de las (
)zonas del Consorcio.
- Sede y ubicación: (
)Oficina Central del Consorcio de Tributos.
Relación de los miembros que componen el Comité Ejecutivo en la Legislatura actual:
- La relación de los miembros que componen el COMITÉ EJECUTIVO se encuentra en la sección de (
)Miembros Electos de la Entidad" de este portal.
Relación de los miembros de Legislaturas anteriores:
- Información histórica disponible en la sección de (
)Miembros Electos de la Entidad" de este portal.
Funciones:
Las funciones del Comité Ejecutivo se encuentran definidas en el Artículo 21 de los ()Estatutos del Organismo:
- El seguimiento y control de los planes y programas de actuación acordados por el Pleno
- del Consorcio.
- El estudio, preparación y dictamen de todos los asuntos cuya aprobación y modificación corresponda al Pleno, en especial de los Estatutos, Reglamentos y Ordenanzas del Consorcio.
- La contratación del personal laboral y el nombramiento del personal funcionario y su vinculación jurídica con el Consorcio, excepto la contratación del Director.
- Elaborar el Programa de Actuación del ejercicio, fijando los objetivos a corto plazo y medio plazo y someterlos al Pleno para su aprobación.
- La autorización, disposición de gastos y la contratación de obras, servicios, suministros y otros de carácter administrativo, siempre que su cuantía no exceda del límite que se fije en las Bases de Ejecución de los Presupuestos anuales.
- Dirigir, impulsar y controlar la actuación del Director
PRESIDENCIA
Desde su constitución el 14 de julio de 1986, el Presidente del Consorcio es el del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, tal y como se recoge en los ()Estatutos del Organismo; no obstante en estos se recoge que el Presidente podrá delegar todas las atribuciones correspondientes a la Presidencia del Consorcio en uno de los miembros que ostente la condición de Consejero representante de la Corporación Insular.
Las atribuciones, funciones, nombramiento, etc. se encuentran definidas en los ()Estatutos del Organismo
Legislatura actual:
- Presidente: Juan José Martínez Díaz.
- Perfil: (
)Miembro electo del Cabildo Insular de Tenerife.
- Sede y ubicación: (
)Oficina Central del Consorcio de Tributos.
Legislaturas anteriores:
- Información histórica sobre los (
)presidentes que han ostentado el cargo desde su constitución en 1986 (disponible en este portal).
- Información histórica sobre los (
)presidentes por delegación que han ostentado el cargo desde su constitución en 1986 (disponible en este portal).
Funciones:
Las funciones del Comité Ejecutivo se encuentran definidas en el artículo 22 de los ()Estatutos del Organismo:
- Representar judicial y administrativamente al Consorcio en toda clase de negocios jurídicos ante cualquier autoridad u organismo, celebrar contratos, otorgar poderes y delegar todas o parte de sus facultades en otros órganos, con excepción de aquellas que por ley sean indelegables.
- Convocar, presidir, suspender y levantar las sesiones del Pleno y del Comité Ejecutivo, dirigir las deliberaciones, ordenar las votaciones y dirimir los empates con su voto de calidad.
- El ejercicio de acciones judiciales y administrativas, así como otros actos administrativos, en caso de urgencia, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, para su resolución definitiva.
- Dictar las resoluciones que sean precisas para la ejecución de los acuerdos del Pleno y del Comité Ejecutivo.
- Elaborar, asistido del Director, el Proyecto de Presupuesto anual del Consorcio, y sus modificaciones para someterlas a la aprobación inicial por el Pleno como propuesta al órgano competente del Cabildo Insular de Tenerife.
- La Liquidación del Presupuesto.
- La inspección y vigilancia de los servicios establecidos.
- La autorización, disposición de gastos y la contratación de obras, servicios, suministros y otros de carácter administrativo, siempre que su cuantía no exceda del límite que se fije en las Bases de Ejecución de los Presupuestos anuales.
- Rendir como cuentadante las Cuentas Anuales del Consorcio, elaboradas por la Intervención, para su sometimiento a la autorización del Pleno.
- Como Jefe Superior del personal del Consorcio le corresponde:
- 1.- Elevar al Pleno, previo informe del Comité Ejecutivo, la propuesta de aprobación o modificación de la plantilla, a aprobar por el órgano competente de la Administración a la que esté adscrito.
- 2.- Acordar, a propuesta del Director, la designación de los cargos o jefaturas del Consorcio y nombrar y cesar al personal interino y eventual, por razones de urgencia, con sujeción a la normativa específica y a la reguladora de las Entidades Locales.
- j.3.- Nombrar al tribunal calificador de las pruebas de selección y promoción del personal.
- j.4.- Ordenar la instrucción de expedientes disciplinarios y sancionar al personal por la comisión de faltas graves o muy graves, salvo que la sanción consista en la separación del servicio para los funcionarios o en el despido para el personal laboral, en cuyo caso elevará al Comité Ejecutivo la propuesta correspondiente para su ratificación.
- Las demás competencias que le delegue el Pleno o que no estén atribuidas expresamente a otros órganos del Consorcio.
- Todas aquellas actuaciones necesarias para la ejecución de los acuerdos del Pleno y Comité Ejecutivo y para la aplicación de la normativa vigente en materia de gestión, liquidación, inspección, recaudación y desarrollo de los fines del Consorcio.