ÓRGANOS DE GOBIERNO
La organización del Consorcio de Tributos, definida en el artículo 5 de los (
)Estatutos, se articula en los siguientes órganos de gobierno, cada uno con atribuciones propias:
- Pleno.
- Comité Ejecutivo.
- Presidencia.
Todas las funciones están recogidas en el artículos 20, 21 y 22 de los (
)Estatutos del Organismo.
EL PLENO
Las atribuciones, funciones y composición que corresponden al Pleno se encuentran definidas en los (
)Estatutos del Organismo.
Composición:
- Presidencia: el/la presidente/a del Cabildo Insular de Tenerife o consejero/a representante en quien delegue.
- Representación del Cabildo I. Tenerife: Cinco representantes del Cabildo Insular de Tenerife nombrados entre sus consejeros/as.
- Representación municipal: un/una representante por cada uno de los (
)municipios consorciados. - Sede y ubicación: (
)Oficina Central del Consorcio de Tributos.
Relación de los miembros que componen el Pleno en la legislatura actual:
- La relación de los miembros que componen el PLENO se encuentra en la sección de (
)Miembros Electos de la Entidad" de este portal.
Relación de los miembros de Legislaturas anteriores:
- Información histórica disponible en la sección de (
)Miembros Electos de la Entidad" de este portal.
Funciones:
Las funciones del Pleno se encuentran definidas en el Artículo 20 de los (
)Estatutos del Organismo.:
- Aprobar con sujeción a los Estatutos, la estructura orgánica y funcional del Consorcio y los Reglamentos, Ordenanzas y normas generales de desarrollo de la Organización y funcionamiento del mismo.
- Aprobar los planes y programas de actuación en la esfera de su competencia.
- La constitución y renovación del Comité Ejecutivo.
- La elección del Vicepresidente.
- La modificación de los Estatutos, por acuerdo favorable las dos terceras partes del número de hecho y, en todo caso, de la mayoría absoluta del número de sus miembros.
- El ejercicio de toda clase de acciones judiciales y administrativas con arreglo a las leyes y a lo dispuesto en los presentes Estatutos y Reglamentos que lo desarrollen.
- Proponer al órgano competente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife la aprobación de la enajenación y gravamen de toda clase de bienes y derechos propios del Consorcio y concertación de Operaciones de Crédito.
- Aceptar donaciones, cesiones de todas clases, así como herencias y legados, destinando sus productos a los fines que tiene encomendados el Consorcio.
- Proponer al órgano competente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife la aprobación de los Presupuestos y las modificaciones presupuestarias que, según las Bases de Ejecución, no correspondan al Presidente.
- El reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que se trate de obligaciones procedentes de ejercicios anteriores.
- La aprobación inicial de las Cuentas Anuales del Consorcio rendidas por el Presidente para su incorporación a la Cuenta General de Cabildo Insular de Tenerife.
- El establecimiento o modificación de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades administrativas a cargo del Consorcio
- La autorización, disposición de gastos y la contratación de obras, servicios, suministros y otros de carácter administrativo, en los términos que se fijen en las Bases de Ejecución de los Presupuestos anuales.
- Aprobar el Inventario de Bienes y sus rectificaciones.
- Proponer la plantilla y las Bases de selección para su aprobación por el órgano competente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife y aprobar la Relación de Puestos de Trabajo.
- Aprobar la Memoria de gestión anual.
- Las demás que, no estando expresamente atribuidas en estos Estatutos a alguno de los Órganos de Gobierno, correspondan por disposición legal al Pleno de los Ayuntamientos o Cabildos Insulares y no corresponda al órgano competente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife.
EL COMITÉ EJECUTIVO
Las atribuciones, funciones y composición que corresponden al Comité Ejecutivo se encuentran definidas en los (
)Estatutos del Organismo.
Composición:
- Presidencia: el/la presidente/a del Cabildo Insular de Tenerife o consejero/a representante en quien delegue.
- Representación del Cabildo I. Tenerife: Un representante del Cabildo Insular de Tenerife, nombrado entre sus consejeros/as.
- Representación municipal: Un representante de cada una de las (
)zonas del Consorcio. - Sede y ubicación: (
)Oficina Central del Consorcio de Tributos.
Relación de los miembros que componen el Comité Ejecutivo en la Legislatura actual:
- La relación de los miembros que componen el COMITÉ EJECUTIVO se encuentra en la sección de (
)Miembros Electos de la Entidad" de este portal.
Relación de los miembros de Legislaturas anteriores:
- Información histórica disponible en la sección de (
)Miembros Electos de la Entidad" de este portal.
Funciones:
Las funciones del Comité Ejecutivo se encuentran definidas en el Artículo 21 de los (
)Estatutos del Organismo:
- El seguimiento y control de los planes y programas de actuación acordados por el Pleno
- del Consorcio.
- El estudio, preparación y dictamen de todos los asuntos cuya aprobación y modificación corresponda al Pleno, en especial de los Estatutos, Reglamentos y Ordenanzas del Consorcio.
- La contratación del personal laboral y el nombramiento del personal funcionario y su vinculación jurídica con el Consorcio, excepto la contratación del Director.
- Elaborar el Programa de Actuación del ejercicio, fijando los objetivos a corto plazo y medio plazo y someterlos al Pleno para su aprobación.
- La autorización, disposición de gastos y la contratación de obras, servicios, suministros y otros de carácter administrativo, siempre que su cuantía no exceda del límite que se fije en las Bases de Ejecución de los Presupuestos anuales.
- Dirigir, impulsar y controlar la actuación del Director
PRESIDENCIA
Desde su constitución el 14 de julio de 1986, el Presidente del Consorcio es el del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, tal y como se recoge en los (
)Estatutos del Organismo; no obstante en estos se recoge que el Presidente podrá delegar todas las atribuciones correspondientes a la Presidencia del Consorcio en uno de los miembros que ostente la condición de Consejero representante de la Corporación Insular.
Las atribuciones, funciones, nombramiento, etc. se encuentran definidas en los (
)Estatutos del Organismo
Legislatura actual:
- Presidente: Juan José Martínez Díaz.
- Perfil: (
)Miembro electo del Cabildo Insular de Tenerife. - Sede y ubicación: (
)Oficina Central del Consorcio de Tributos.
Legislaturas anteriores:
- Información histórica sobre los (
)presidentes que han ostentado el cargo desde su constitución en 1986 (disponible en este portal). - Información histórica sobre los (
)presidentes por delegación que han ostentado el cargo desde su constitución en 1986 (disponible en este portal).
Funciones:
Las funciones del Comité Ejecutivo se encuentran definidas en el artículo 22 de los (
)Estatutos del Organismo:
- Representar judicial y administrativamente al Consorcio en toda clase de negocios jurídicos ante cualquier autoridad u organismo, celebrar contratos, otorgar poderes y delegar todas o parte de sus facultades en otros órganos, con excepción de aquellas que por ley sean indelegables.
- Convocar, presidir, suspender y levantar las sesiones del Pleno y del Comité Ejecutivo, dirigir las deliberaciones, ordenar las votaciones y dirimir los empates con su voto de calidad.
- El ejercicio de acciones judiciales y administrativas, así como otros actos administrativos, en caso de urgencia, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, para su resolución definitiva.
- Dictar las resoluciones que sean precisas para la ejecución de los acuerdos del Pleno y del Comité Ejecutivo.
- Elaborar, asistido del Director, el Proyecto de Presupuesto anual del Consorcio, y sus modificaciones para someterlas a la aprobación inicial por el Pleno como propuesta al órgano competente del Cabildo Insular de Tenerife.
- La Liquidación del Presupuesto.
- La inspección y vigilancia de los servicios establecidos.
- La autorización, disposición de gastos y la contratación de obras, servicios, suministros y otros de carácter administrativo, siempre que su cuantía no exceda del límite que se fije en las Bases de Ejecución de los Presupuestos anuales.
- Rendir como cuentadante las Cuentas Anuales del Consorcio, elaboradas por la Intervención, para su sometimiento a la autorización del Pleno.
- Como Jefe Superior del personal del Consorcio le corresponde:
- 1.- Elevar al Pleno, previo informe del Comité Ejecutivo, la propuesta de aprobación o modificación de la plantilla, a aprobar por el órgano competente de la Administración a la que esté adscrito.
- 2.- Acordar, a propuesta del Director, la designación de los cargos o jefaturas del Consorcio y nombrar y cesar al personal interino y eventual, por razones de urgencia, con sujeción a la normativa específica y a la reguladora de las Entidades Locales.
- j.3.- Nombrar al tribunal calificador de las pruebas de selección y promoción del personal.
- j.4.- Ordenar la instrucción de expedientes disciplinarios y sancionar al personal por la comisión de faltas graves o muy graves, salvo que la sanción consista en la separación del servicio para los funcionarios o en el despido para el personal laboral, en cuyo caso elevará al Comité Ejecutivo la propuesta correspondiente para su ratificación.
- Las demás competencias que le delegue el Pleno o que no estén atribuidas expresamente a otros órganos del Consorcio.
- Todas aquellas actuaciones necesarias para la ejecución de los acuerdos del Pleno y Comité Ejecutivo y para la aplicación de la normativa vigente en materia de gestión, liquidación, inspección, recaudación y desarrollo de los fines del Consorcio.