18 - DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN


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Anual
Tipo de Información
18 - DERECHO DE ACCESO
Fecha creación
31/12/2018
Fecha de actualización
08/09/2023
Área
Dirección

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Logo CandadoInformación sobre su derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para ejercer dicho derecho ante el Consorcio de Tributos y los formularios de solicitud.

 

LEGISLACIÓN DE APLICACIÓN

De conformidad con el artículo 105.b de (Logo BOE)La Constitución Española y el desarrollo efectuado por la Ley (Logo BOE)19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (en adelante Ley 19/2013, de 9 de diciembre) y la Ley (Logo BOE)12/2014, de 26 de diciembre de Transparencia y de Acceso a la Información Pública de la Comunidad Autónoma Canaria (en adelante Ley 12/2014, de 26 de diciembre), todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, entendiendo por tal, el conjunto de los contenidos o los documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder del Ayuntamiento y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. No es necesario motivar la solicitud ni se tiene que acreditar un interés legítimo; solo se requiere una descripción precisa de la información solicitada.


COMISIONADO DE TRANSPARENCIA

Si desea contar con más información sobre el funcionamiento del derecho de acceso a la información pública en la Comunidad Autónoma de Canarias puede acceder a la web del (Logo Internet)comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias.

Logo Comisionado

En el caso de que quiera realizar una reclamación por no estar conforme con la tramitación del derecho de acceso a la información, tiene la posibilidad de presentar un (Logo Internet)formulario de reclamación ante el  (Logo Internet)comisionado de transparencia.


ÓRGANO COMPETENTE

El órgano competente en materia de derecho de acceso a la información es la Dirección del Consorcio de Tributos.


PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 

Utilizar los canales apropiados facilita la tramitación de su solicitud y disminuye los plazos de  respuesta.

Quien puede ejercer el derecho

Cualquier persona física o jurídica que pretenda acceder a información de carácter público.

Requisitos

Las solicitudes que se formulen según el procedimiento de acceso a la información pública que regula la Ley (Logo BOE)19/2013, de 9 de diciembre, deberán cumplir los requisitos siguientes:

  • Se acreditará con carácter obligatorio la identidad de los solicitantes.
  • Se indicará de forma clara la información a solicitar.
  • Deberá señalarse una dirección de contacto, preferiblemente electrónica.

No será requisito la motivación de la solicitud, no obstante, en caso de motivarse, podrá ser considerada en el momento de resolver el expediente.

Lugar donde presentar las solicitudes

  • Presencialmente a través de nuestra (Logo Internet)red de oficinas (se requiere solicitar cita previa).
  • A través del (Logo Internet)registro electrónico. (Para realizar este trámite debe disponer de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor).

Plazo de solicitud

  • Todo el año. No obstante, se podrá inadmitir a trámite las solicitudes por las causas contenidas en el artículo 43 de la Ley (Logo BOE)12/2014, de 26 de diciembre.

Documentación

  • (Logo formulario pdf)Formulario PDF de solicitud de derecho de acceso a la información.
  • Fotocopia de NIF/CIF del interesado.
  • Cualquier otra documentación que considere oportuna el/la interesado/a.
  • En caso de actuar mediante representante:
    • NIF/NIE del representante
    • Documento acreditativo de la representación

Tasas

El ejercicio del derecho de acceso es gratuito. Sólo la expedición de copias o certificados están sujetos a tasas de conformidad con la ordenanza fiscal vigente.

Resolución

La resolución en la que se conceda o deniegue el acceso se notificará al solicitante y a los terceros afectados que así lo hayan solicitado. Serán motivadas aquellas que denieguen el acceso, las que concedan el acceso parcial o a través de una modalidad distinta a la solicitada y las que permitan el acceso cuando haya habido oposición de un tercero.

Unidad tramitadora

  • Régimen Jurídico y Gestión Interna.

Órgano de resolución

  • El director del Consorcio de Tributos.

Plazo de tramitación

Un mes desde la recepción por el órgano competente para resolver, pudiendo ampliarse por otro mes cuando la complejidad o volumen de la información solicitada lo justifiquen, informando de esta circunstancia al solicitante.

Carácter del silencio administrativo

  • Desestimatorio.

Sin perjuicio de lo anterior, contra la resolución, expresa o presunta, de la solicitud de acceso podrá interponerse reclamación ante el comisionado de Transparencia y Acceso a la Información con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa.


PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIONES

Si desea realizar reclamaciones, quejas o sugerencias en relación al acceso a la información ponemos a su disposición el (Logo formulario pdf)formulario (PDF) de solicitud de reclamaciones, quejas y sugerencias que nos puede hacer llegar presencialmente o a través del (Logo Internet)registro electrónico común.


EMAIL PARA CONSULTAS GENÉRICAS

El Consorcio de Tributos pone a su disposición una cuenta de (Logo Email)email (transparencia@tributostenerife.es) específica para que pueda enviarnos cualquier consulta, sugerencia o notificarnos cualquier incidencia con el Portal de Transparencia:


RESOLUCIONES DENEGATORIAS

  • Resoluciones denegatorias durante el 2020: NINGUNA
  • Resoluciones denegatorias durante el 2021: NINGUNA
  • Resoluciones denegatorias durante el 2022: NINGUNA
  • Resoluciones denegatorias durante el 2023: NINGUNA

ESTADÍSTICAS EN MATERIA DE DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 

A continuación ponemos a su disposición los datos estadísticos en materia de reclamaciones recibidas relacionadas con el derecho de acceso a la información pública, especificando el estado de tramitación de las mismas.

Contienen información de los años 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023

  • Logo Google Sheet Acceso a la hoja de datos ONLINE.
  • Logo Documento PDF Descarga de la información en PDF.
  • Logo Documento ODS Descarga de la información en ODS.
  • Logo Documento CSV Descarga de la información en CSV.
  • Logo Documento TSV Descarga de la información en TSV.

Códigos de obligación canaria
1198 - Órgano competente en materia de derecho de acceso.
1199 - Resoluciones denegatorias previa disociación de los datos de carácter personal.
1201 - Información estadística sobre las resoluciones de las solicitudes de derecho de acceso a la información pública.

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